Rendición de cuentas en municipalidades
Ernesto Sitamul
www.animalpoliticogt.blogspot.com
En
el marco de la implementación del Tercer Plan de Acción de Gobierno Abierto[1],
2016-2018, consensuado y aprobado a mediados del año pasado, la Contraloría
General de Cuentas (CGC), responsable del compromiso número 14, relacionado con
los mecanismos de rendición de cuentas
en los gobiernos locales, avanza en su implementación, según informó el
titular de la CGC, Carlos Mencos Morales.
El
Tercer Plan Nacional de Gobierno Abierto (GA) se elaboró a partir de cinco ejes
temáticos: 1. Acceso a la Información
Pública y Archivos Institucionales, 2. Innovación tecnológica, 3. Participación
ciudadana, 4. Rendición de Cuentas, y 5. Transparencia Fiscal. Al final del
proceso de formulación, en el que participaron representantes del Gobierno, del
Congreso de la República, de la Universidad de San Carlos, y de algunas
instituciones públicas como la Contraloría General de Cuentas, así como de
organizaciones de la sociedad civil (OSC), quedaron establecidos 22 compromisos.
Según
el Contralor General de Cuentas[2], a
mediados de diciembre pasado ya se había
socializado el borrador de Convenio a
suscribir con las municipalidades y la organización no gubernamental Acción
Ciudadana, aliada estratégica de la CGC en este tema. Asimismo, se han
hecho gestiones para obtener recursos externos, que permitan llevar a cabo
talleres regionales con personal de las municipalidades.
La
rendición de cuentas de los ingresos y gastos municipales está regulada en la
Constitución Política de la República, el Código Municipal, la Ley Orgánica de
la Contraloría General de Cuentas, y en normas reglamentarias e instructivos,
que tienen por objetivo orientar el
procedimiento, fijar plazos y sanciones por incumplimiento.
Sin
embargo, cuando se habla en el contexto de gobierno abierto, la rendición de cuentas se refiere
principalmente a un ejercicio institucional de las municipalidades con los vecinos,
teniendo en cuenta que el acceso a la información pública y la rendición de
cuentas constituyen sustento de la transparencia en la administración pública
de los gobiernos locales.
Por
cierto, durante este mes de enero, el Código
Municipal (art. 135) obliga a los gobiernos locales a entregar información
sustantiva de sus ingresos y egresos a los vecinos, por medio de los
consejos comunitarios de desarrollo, alcaldes auxiliares o comunitarios y otros
actores sociales y mecanismos apropiados para llegar a la mayor parte de la
población, pero resulta que muchos alcaldes se pasan este mandato por el arco
del triunfo.
Guatemala,
22 de enero de 2017.