Finiquito, un recurso legal para depurar listas de candidatos

Otra amenaza contra la democracia y los ciudadanos honrados
Para optar a un trabajo en cualquier empresa te piden antecedentes penales y policíacos actualizados; también te piden cartas de recomendación y de referencias laborales, como parte de los requisitos para una posible contratación; y en el caso de los que pretenden ser candidatos a cargos de elección popular, lo que les exige el Tribunal Supremo Electoral (TSE), es el finiquito, entre otros documentos, el cual es extendido por la Contraloría General de Cuentas (CGC).
Por: Ernesto Sitamul


Sin embargo, la última semana de octubre, surgió de manera sorpresiva una propuesta del diputado Fernando Linares, en la Comisión de Asuntos Electorales del Congreso, que pretende eliminar el finiquito, bajo el pobre argumento de que la CGC se tarda mucho tiempo para extender dicho documento, el cual tiene su base jurídica en la Ley de Probidad y de Responsabilidades de Funcionarios y Empleados Públicos (Artículo 16), que, a su vez, tienen concordancia con el Artículo 113 de la Constitución, donde se señala que ninguna persona podrá optar a cargo o empleo público que no demuestre de manera fehaciente los méritos de capacidad, idoneidad y honradez.

Y en el inciso “c” del mismo Artículo establece que:
“Quienes habiendo recaudado, custodiado o administrado bienes del Estado, no tengan su constancia de solvencia o finiquito de la institución donde prestó sus servicios y de la Contraloría General de Cuentas”.

La justificación de exigir el finiquito es que a los cargos o empleos públicos lleguen los ciudadanos con la capacidad, idoneidad y honradez que reclama y demanda el desempeño de la función pública, sea ésta en la ámbito nacional, departamental o municipal, precisamente porque eventualmente estará bajo su responsabilidad la administración de los bienes del Estado.
Algunos abogados financiados por políticos con intereses creados, sostienen que cuando un ciudadano se inscribe como candidato, “todavía no está optando al cargo público”, sino hasta en la eventual circunstancia de obtener un resultado electoral favorable. Hacerlo, como lo quieren esos abogados, es retorcer la ley, fomentar la mediocridad en la administración pública y poner por encima de los intereses colectivos, el interés particular de quienes, teniendo impedimentos, no puedan optar a ser candidatos a cargos públicos.
La propuesta de marras constituye una seria amenaza a las demandas ciudadanas de mejorar la calidad de las candidaturas y que éstas se encuentren solventes de cargos por parte de la Contraloría General de Cuentas. El finiquito es una forma democrática de depurar las candidaturas, desde el TSE, porque desde el ámbito político partidista está demostrado que la mayoría de los diputados, en la actual coyuntura se han tapado con la misma chamarra.
En mi opinión, los funcionarios o empleados públicos que hayan sido sentenciados de forma condenatoria, no son idóneos ni aptos para volver a ejercer un cargo público. Fue así como resolvió el TSE no inscribir al expresidente Alfonso Portillo, como candidato a diputado, por el partido Todos, en las elecciones de 2015.
Esta norma también es extensiva a quienes habiendo desempeñado cargos públicos, hayan sido sancionados por el uso indebido de los recursos del Estado, o que tengan pendiente de solventar sanciones económicas derivadas del ejercicio de su cargo.
La opinión pública y la ciudadanía organizada deben cerrar filas con el TSE, para evitar que se cometa este alevoso ataque a la democracia y al Estado de Derecho, lo que solo favorece la corrupción y la impunidad.
El Chapotón, Sumpango, 29 de octubre de 2017.