Con mala fe, o motivados por intereses partidistas, ha habido señalamientos de que los muertos votan en las elecciones guatemaltecas. Me resisto a reconocer esta apresurada afirmación. Lo que si me consta es que en el padrón electoral hay, todavía, nombres de personas muertas, que no fueron reportadas en su oportunidad por los registradores civiles de cada municipio al Tribunal Supremo Electoral (TSE).
Con el traslado de la información de los registros
civiles al Registro Nacional de las Personas (Renap) ese problema se mantiene,
porque esta institución no ha procedido a una revisión exhaustiva de tales
registros. Como consecuencia, el problema se extiende al TSE, quien no cuenta
con la información legal para dar de baja a los muertos en el padrón electoral.
Cuando digo que me consta que personas muertas todavía
aparecen en el padrón electoral, me refiero específicamente al padrón de
Jocotenango, Sacatepéquez. Mi hermana, María Guadalupe, que murió hace 24 años,
todavía figura empadronada. También me encontré con el nombre de otro vecino,
Pedro Aquino, quien murió hace varios años, pero sigue apareciendo en dicho
padrón.
A este respecto, me llama la atención que el TSE no haya
diseñado un mecanismo técnico, para sacar a los muertos del padrón electoral,
pues resulta obvio que dichas personas no han comparecido a las mesas de
votación en las elecciones de los últimos años; por lo tanto, ya deberían haber
sido eliminadas, salvo que se acepte lo que dicen las lenguas viperinas: “los
muertos también votan”.
Mi inquietud sobre esta irregularidad es mayor, porque
en el año 2000 el TSE dispuso suprimir del padrón electoral a todas las
personas que no recogieron su boleta de empadronamiento, aparte que también
decidió dar de baja a los que tuvieran más de 100 años de haber nacido.
En los últimos 15 años se ha hablado mucho de la
depuración del padrón electoral. Organismos internacionales han venido en apoyo
de la autoridad electoral para ese fin, pero lo mencionado en este artículo pone
en evidencia los límites de la flamante depuración.
Otro problema es la dificultad para identificar
aquellos casos -muchísimos- de residencia electoral amañada; es decir, quienes
siguen apareciendo en el padrón electoral de un municipio donde no tienen su
residencia. A esta irregularidad, se suma la dejadez de los dirigentes
políticos locales, quienes podrían colaborar con el TSE, informando de casos
específicos, para proceder como corresponde.
Sin embargo, la Ley Electoral es contundente. Todo
ciudadano tiene derecho de votar en el padrón municipal donde aparezca
inscrito. Impedirle ese derecho constituye delito.
San Bartolomé Jocotenango, 27 de noviembre de 2017.