Ernesto
Sitamul
Como consecuencia de la reforma a la Ley Electoral y de Partidos Políticos, contenida en el Decreto 26-2016, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) introdujo también reformas a la Reglamento respectivo, por medio del cual se establecen nuevos requisitos para la inscripción de candidatos a cargos de elección popular, lo que contribuye a la certeza jurídica del procedimiento, así como a evitar chanchullos de parte de los aspirantes.
Conforme
el Artículo 53 de las reformas reglamentarias, aprobadas por el TSE el 26 de
noviembre de 2016, los interesados solicitarán su inscripción, debiendo presentar
los siguientes documentos:
* Declaración
jurada en la que el aspirante declara que no ha sido contratista del Estado ni
de ninguna otra entidad que reciba fondos públicos durante los últimos cuatro
años, y su compromiso de abstenerse de adquirir la calidad de contratista
después de su inscripción y durante el ejercicio en el cargo de resultar
electo.
* Certificado
de la Contraloría General de Cuentas que haga constar que el aspirante no tiene
contratos a su nombre o como representante legal de alguna empresa en la
ejecución de contratos de obra pública.
* Constancia
del Registro de Precalificados de Obra del Ministerio de Comunicaciones,
Infraestructura y Vivienda (CIV) donde conste que el interesado no figura como
parte de empresa inscrita, en condición de director de obra o representante
legal.
* Certificación
del Registro Mercantil donde se indique que el candidato a cargo de elección
popular no figura como propietario o representante legal de empresa individual
o de sociedad mercantil.
* Constancia
del Ministerio de Finanzas que haga constar que el interesado está inhabilitado
como contratista del Estado y que, a la fecha de la presentación del formulario
de inscripción, no tiene ningún contrato vigente con el Estado o pendiente de
liquidar.
* Constancias
de carencia de antecedentes penales y policíacos.
Este
conjunto de filtros contribuirá a reducir chanchullos de quienes aspiran a ser
candidatos, como ocurrió en el proceso de inscripción de los comicios de 2015.
En esas elecciones, hubo varios casos judicializados, especialmente de
candidatos a alcalde, cuyos expedientes fueron elevados a la Corte Suprema de
Justicia, de los cuales, algunos llegaron hasta la Corte de Constitucionalidad,
como el caso de candidatos que el TSE les revocó su inscripción.
Pajapita,
San Marcos, 4 de marzo de 2018.
[1] https://elperiodico.com.gt/nacion/2018/03/04/tse-establece-nuevos-requisitos-para-inscribir-a-candidatos/