La alternancia fortalece la
democracia
Ernesto Sitamul
A nivel país, Guatemala tiene una larga historia triste. Dictaduras de 14 años, de 20 años y hasta un presidente que se declaró presidente vitalicio, como ocurrió con Rafael Carrera en el siglo XIX. O sea que este vecino se creía el iluminado, el elegido por un ser superior para gobernar toda su vida. Hasta llega el hombre, motivado por la ambición de poder. También en el plano del poder local se puede hablar de dictaduras o caciquismos autoritarios, que se enquistan en las alcaldías municipales por varios períodos. Se convierte en su modo de vida.
La Constitución de 1985 dejó establecida la reelección para diputados, alcaldes, síndicos y concejales, mientras que para la presidencia no hay reelección ni continua ni alterna. Asimismo, la Carta Magna no regula que la reelección de diputados y alcaldes sea INDEFINIDA, mencionando la frase: “pudiendo ser reelectos”. Como consecuencia, considero que la figura de la reelección, en este caso, sí podría regularse desde la Ley Electoral y de Partidos Políticos, pero lamentablemente ya existe un dictamen de la Corte de Constitucionalidad en el sentido de que modificar la mencionada norma conlleva una reforma constitucional.
La reelección indefinida de alcaldes y demás
miembros de los concejos municipales no le hace bien a la democracia local. En
primer lugar, porque se valen del cargo para tomar ventajas, dejando a los
demás candidatos en desigualdad de condiciones para el día de las elecciones.
En segundo, hay alcaldes con señalamientos de mal uso de los recursos públicos y
otros atropellos a las leyes, por lo cual no merecen la confianza para
continuar en el cargo.
Este año, el sistema
político de Costa Rica ha dado un ejemplo de cómo se debe actuar para la
fortalecer la democracia en el ámbito municipal. El pasado 5 de abril, el
mandatario costarricense, Carlos Alvarado, sancionó el Decreto que reforma el
Artículo 14 de la Ley 7794, (Ley que limita la reelección indefinida de
autoridades locales) Nº 10183, la cual fue aprobada el pasado 29 de marzo en la
Asamblea Legislativa.
Con esta reforma al Código Municipal queda
prohibida la reelección indefinida de alcaldes y demás funcionarios
municipales, estableciendo que solo podrán ser reelectos por una única vez en
forma continua, y podrán volver a ser candidatos después de dos períodos de
haber dejado el cargo en su segundo período. Esta prohibición también aplica
para otros cargos ediles como vicealcaldes y vicealcaldesas, regidores o síndicos,
intendentes, viceintendentes, concejales municipales, así como quienes ocupen
cualquiera de los cargos de suplencias.
Con esta disposición legal,
Costa Rica le da oxígeno fresco a su democracia, fomentando la participación
política y electoral de la ciudadanía en el ámbito del municipio, lo cual
permitirá, necesariamente, el acceso de nuevos dirigentes para conducir el
municipio y servir a los vecinos.
Guatemala necesita ese tipo de reformas, para
forzar a la renovación de dirigentes en los municipios, pero al no haber las
condiciones jurídicas y políticas propicias para llevarlas adelante, es la
ciudadanía la que debe empoderarse por medio del voto informado y responsable.
El voto es un arma poderosa que está en poder los
ciudadanos, para cambiar el caciquismo local, por hombres y mujeres que
practiquen la nueva política, esto es: tener ética y palabra para cumplir los
compromisos de campaña, estar al servicio de la población y no de los
financistas, regirse por lo que manda la ley, en materia de rendición de
cuentas y transparencia. Imagen tomada de Google.
Antigua Guatemala, 21 de junio de 2022.