Municipio fiscalizado ¿Qué es eso?
Ernesto Sitamul
Es un programa creado recientemente por la Contraloría
General de Cuentas. En el Acuerdo respectivo no aparece claramente señalada la importancia
de la participación ciudadana o de organizaciones de la sociedad civil, aunque a
la presentación del proyecto se habría invitado a dirigentes de consejos
comunitarios de desarrollo y vecinos en cada municipio.
Este proyecto surge en un contexto de crisis social y política, marcada por la galopante corrupción, acompañada de un régimen de impunidad, debido a la cooptación del Ministerio Público y la pérdida de la independencia judicial. Esta interacción ha permitido que los “largos”, que ejercen poder público, se aprovechen a sus anchas de los recursos públicos. Por ello, el combate frontal de la corrupción se vuelve cuesta arriba.
El proyecto que lanza la Contraloría me provoca interés y cierta dosis de optimismo cuando veo acciones planificadas dirigidas al combate de la corrupción, desde una perspectiva de educación y formación sobre leyes, fiscalización, rendición de cuentas, a los funcionarios y empleados públicos. Pero la silla estará coja, si no se incluye a dirigentes de consejos comunitarios de desarrollo, alcaldías auxiliares, dirigentes de organizaciones de la sociedad civil y otras formas de organización de la Guatemala multiétnica, pluricultural y multiétnica.
Municipio Fiscalizado es un programa importante, que
apunta a la prevención, según se desprende del Acuerdo de la Contraloría
General de Cuentas -CGC- A-001-2024, de fecha 5 de
enero de 2024, firmado por el titular de la dependencia, Helmuth Bode Fuentes.
De acuerdo a la información de la CGC, obtenida por el
autor, según DAIP-501-2024 de 16 de junio de 2024, el citado programa abarcará
gradualmente los 340 municipios de Guatemala, los cuales se organizarán por
regiones y con los departamentos y municipios que sean designados (Art. 4,
Acdo. A-001-2024). Le meta para el año 2024 es cubrir 134, incluyendo los 16
distritos de Sacatepéquez. El primer acercamiento del equipo de monitoreo, a
cargo del programa, se llevó a cabo 10 y 11 de junio.
Durante la inauguración en cada municipio, la CGC
invita a las autoridades municipales y de entidades gubernamentales locales,
así como “representantes de COCODES y población en general que desee participar
en dicha actividad”, indica la información proporcionada.
La resolución del Daip -ya citada- puntualiza que se gestionó un punto de agenda en las reuniones respectivas de los Consejos Municipales de Desarrollo -Comude- de Sacatepéquez, para que el equipo responsable del programa “Municipio Fiscalizado”, diera a conocer su implementación, para lo cual se propuso las fechas 14, 20 y 25 de junio de 2024.
El origen de este programa
Todo comenzó a partir del llamado plan “piloto”, una
experiencia de monitoreo que llevó a cabo la CGC, en uno de los 340 municipios
de Guatemala. Se trata de La Reforma, perteneciente al occidental departamento
de San Marcos, según Acuerdo A-022-2023, de la de 14 de marzo de 2023.
El programa consiste en un monitoreo de funciones de las instituciones públicas locales, requiriendo información, con base en guías elaboradas para el efecto.
En su orden, son responsables de la ejecución, el Sub Contralor de Probidad, la Dirección de Auditoría de Desempeño, designada, junto a la Dirección de Planificación (Art. 3, Acdo. A-001-2024).
La auditoría social
La Contraloría debe fortalecer iniciativas ciudadanas,
para contribuir a una efectiva auditoría social a los actores públicos
instalados en el municipio, siendo los gobiernos municipales, un actor
relevante por ser importante prestadora de servicios públicos a la población.
Entre sus nueve objetivos, según el Decreto 31-2002 y
sus reformas, la Contraloría General de Cuentas tiene uno que reza: “Apoyar el
diseño e implantación de mecanismos de participación ciudadana para el
fortalecimiento de la transparencia, probidad y credibilidad de la gestión
pública y rendición de cuentas, como medios de lucha contra la corrupción, el
peculado, el tráfico de influencias, la malversación de fondos y el desvío de
recursos” (Art. 3).
La citada ley refuerza el propósito plasmado en el
objetivo, cuando le establece a la Contraloría la atribución (facultad y
poder), de “Promover mecanismos de lucha contra la corrupción” (Art. 4, literal
n).
Tres conclusiones
1. En general, es una buena iniciativa, trabajar el
combate a la corrupción desde una perspectiva de prevención, valiéndose de un
programa específico de educación y formación. Su implementación debe ser motivo
de amplia divulgación en los territorios. Además, la CGC tiene delegados en
cada departamento para hacerlo, sin demasiados costos adicionales.
2. El Contralor y su equipo tienen conciencia de las
iniciativas no gubernamentales que impulsan procesos de auditoría social. El programa
Municipio Fiscalizado es ideal para que la Contraloría cumpla con uno de sus objetivos
y facultades, conforme a su Ley Orgánica.
3. La iniciativa de prevenir la corrupción es
plausible, pero estará incompleta si no se le da su lugar a la ciudadanía en
cada municipio. Espero se la invite a participar o ser informado
sistemáticamente del proceso, y no solo para los discursos y actos protocolarios.
San Andrés Osuna, 15 de julio de 2024. Imagen tomadas de Google.