Prevenir la corrupción debe incluir a la ciudadanía

Municipio fiscalizado ¿Qué es eso?

Ernesto Sitamul

Es un programa creado recientemente por la Contraloría General de Cuentas. En el Acuerdo respectivo no aparece claramente señalada la importancia de la participación ciudadana o de organizaciones de la sociedad civil, aunque a la presentación del proyecto se habría invitado a dirigentes de consejos comunitarios de desarrollo y vecinos en cada municipio.


Este proyecto surge en un contexto de crisis social y política, marcada por la galopante corrupción, acompañada de un régimen de impunidad, debido a la cooptación del Ministerio Público y la pérdida de la independencia judicial. Esta interacción ha permitido que los “largos”, que ejercen poder público, se aprovechen a sus anchas de los recursos públicos. Por ello, el combate frontal de la corrupción se vuelve cuesta arriba.

El proyecto que lanza la Contraloría me provoca interés y cierta dosis de optimismo cuando veo acciones planificadas dirigidas al combate de la corrupción, desde una perspectiva de educación y formación sobre leyes, fiscalización, rendición de cuentas, a los funcionarios y empleados públicos. Pero la silla estará coja, si no se incluye a dirigentes de consejos comunitarios de desarrollo, alcaldías auxiliares, dirigentes de organizaciones de la sociedad civil y otras formas de organización de la Guatemala multiétnica, pluricultural y multiétnica.

Municipio Fiscalizado es un programa importante, que apunta a la prevención, según se desprende del Acuerdo de la Contraloría General de Cuentas -CGC- A-001-2024, de fecha 5 de enero de 2024, firmado por el titular de la dependencia, Helmuth Bode Fuentes.

De acuerdo a la información de la CGC, obtenida por el autor, según DAIP-501-2024 de 16 de junio de 2024, el citado programa abarcará gradualmente los 340 municipios de Guatemala, los cuales se organizarán por regiones y con los departamentos y municipios que sean designados (Art. 4, Acdo. A-001-2024). Le meta para el año 2024 es cubrir 134, incluyendo los 16 distritos de Sacatepéquez. El primer acercamiento del equipo de monitoreo, a cargo del programa, se llevó a cabo 10 y 11 de junio.

Durante la inauguración en cada municipio, la CGC invita a las autoridades municipales y de entidades gubernamentales locales, así como “representantes de COCODES y población en general que desee participar en dicha actividad”, indica la información proporcionada.

La resolución del Daip -ya citada- puntualiza que se gestionó un punto de agenda en las reuniones respectivas de los Consejos Municipales de Desarrollo -Comude- de Sacatepéquez, para que el equipo responsable del programa “Municipio Fiscalizado”, diera a conocer su implementación, para lo cual se propuso las fechas 14, 20 y 25 de junio de 2024.  

El origen de este programa

Todo comenzó a partir del llamado plan “piloto”, una experiencia de monitoreo que llevó a cabo la CGC, en uno de los 340 municipios de Guatemala. Se trata de La Reforma, perteneciente al occidental departamento de San Marcos, según Acuerdo A-022-2023, de la de 14 de marzo de 2023.

El programa consiste en un monitoreo de funciones de las instituciones públicas locales, requiriendo información, con base en guías elaboradas para el efecto.

En su orden, son responsables de la ejecución, el Sub Contralor de Probidad, la Dirección de Auditoría de Desempeño, designada, junto a la Dirección de Planificación (Art. 3, Acdo. A-001-2024).

La auditoría social

La Contraloría debe fortalecer iniciativas ciudadanas, para contribuir a una efectiva auditoría social a los actores públicos instalados en el municipio, siendo los gobiernos municipales, un actor relevante por ser importante prestadora de servicios públicos a la población.

Entre sus nueve objetivos, según el Decreto 31-2002 y sus reformas, la Contraloría General de Cuentas tiene uno que reza: “Apoyar el diseño e implantación de mecanismos de participación ciudadana para el fortalecimiento de la transparencia, probidad y credibilidad de la gestión pública y rendición de cuentas, como medios de lucha contra la corrupción, el peculado, el tráfico de influencias, la malversación de fondos y el desvío de recursos” (Art. 3).

La citada ley refuerza el propósito plasmado en el objetivo, cuando le establece a la Contraloría la atribución (facultad y poder), de “Promover mecanismos de lucha contra la corrupción” (Art. 4, literal n).

Tres conclusiones

1. En general, es una buena iniciativa, trabajar el combate a la corrupción desde una perspectiva de prevención, valiéndose de un programa específico de educación y formación. Su implementación debe ser motivo de amplia divulgación en los territorios. Además, la CGC tiene delegados en cada departamento para hacerlo, sin demasiados costos adicionales.

2. El Contralor y su equipo tienen conciencia de las iniciativas no gubernamentales que impulsan procesos de auditoría social. El programa Municipio Fiscalizado es ideal para que la Contraloría cumpla con uno de sus objetivos y facultades, conforme a su Ley Orgánica.

3. La iniciativa de prevenir la corrupción es plausible, pero estará incompleta si no se le da su lugar a la ciudadanía en cada municipio. Espero se la invite a participar o ser informado sistemáticamente del proceso, y no solo para  los discursos y actos  protocolarios.

San Andrés Osuna, 15 de julio de 2024. Imagen tomadas de Google.