Presupuesto
y transparencia
Ernesto Sitamul
Es bien
sabido que los diputados del Movimiento Semilla no están ejerciendo plenamente
sus derechos en el Congreso de la República, a consecuencia de la criminalización
de que es objeto por algunos actores del sistema de justicia, no obstante,
logró convencer a la mayoría de diputados para reforzar normas de transparencia
presupuestaria para el ejercicio fiscal de 2025.
En el Decreto 36-2024 destacan las normas de transparencia relacionadas con la publicación de informes sobre las llamadas “Compras de Baja Cuantía” y de los contratos por servicios técnicos y profesionales, en los portales electrónicos de las comunas.
Compras de baja cuantía
Quedó
establecido en el artículo 33, la obligación de las instituciones públicas
-incluidas las municipalidades- de publicar en los primeros cinco días de
cada mes un informe de compras o adquisiciones en la modalidad de
compras de “baja cuantía”. Además, refiere que esta información es pública de
oficio, y que debe soportarse en formatos editables para promover en la
ciudadanía la utilización de datos abiertos.
Asimismo, asignó al Ministerio de Finanzas Públicas la elaboración de un formato, el cual pondría a disposición de las instituciones, para su debido cumplimiento.
Las
compras de baja cuantía son aquellas cuyo monto no rebasa los Q25 MIL, las
cuales son autorizadas bajo la responsabilidad del alcalde, en el caso de las
municipalidades, aunque es posible que por acuerdo del concejo municipal esa
función se delegue en el Gerente General. Hay que recordar que el alcalde,
según el Código Municipal, es el jefe de la administración edil y representante
legal. Estas compras también están reguladas en la Ley de Contrataciones del
Estado, artículo 43.
Servicios
técnicos y profesionales
El
artículo 22 de la Ley del presupuesto del Estado, 2025, también obliga a las
entidades públicas, incluidas las municipalidades, a publicar en su portal
electrónico “al inicio de cada cuatrimestre” un informe de las contrataciones
de servicios técnicos y profesionales.
Los dos informes
ya mencionados contribuyen a la transparencia en la ejecución presupuestaria en
cada institución. Refuerza la fiscalización que tiene a su cargo la Contraloría
General de Cuentas, y estimula la auditoría social, a cargo de las
organizaciones comunitarias, asociaciones de vecinos y grupos organizados de
sociedad civil.
Para el Director de la Comisión Nacional Contra la Corrupción -CNC-, Julio Enrique Flores Reyes, la inclusión de estas normas de transparencia presupuestaria son novedosas. Por primera vez en la historia de los presupuestos públicos, se obliga a las instituciones a informar sobre las compras de baja cuantía y de los servicios técnicos y profesionales.
Al quedar
establecido que ambos informes deben publicarse en el portal electrónico de información
pública de oficio, uno tiene que remitirse a la Ley de Acceso a la Información
Pública, cuya vigilancia de complimiento de ésta compete al Procurador de los
Derechos Humanos.
Caserío
Mano de León, 28 de marzo de 2025.